Buenos días. ¿Cómo estuvo el concert de Bad Bunny? ¿Fueron viernes o sábado? Si fueron viernes, sepan que me dormí antes de que comenzara y desperté el sábado a una hora en que con total seguridad puedo decir (been there, done that) que habían no menos de 2,500 personas en after parties alrededor de la Isla. Eso, mis entrañables lectores, es tener un toddler en los tiempos Benito Antonio Martínez Ocasio. Disfruten, Gen Zers. El resto nos quedamos con Yaviah, Dálmata, Tego, los Francotiradores, Sir Speedy y esta joya que seguro traerá recuerdos al crowd 40+.
Update TSPR
Parece que ya estamos en época lenta a nivel de decisiones nuevas del Tribunal Supremo de Puerto Rico (TSPR). El TSPR no publicó nuevas decisiones por tercera semana consecutiva. Agradecemos que nos sigan leyendo, aunque falte el pie forzado de las decisiones del TSPR. En el Resumen Supremo tratamos de brindarles valor… así sea con videos de reggaeton viejo en Navidad.
Primer Circuito: Doctrina Erie
Por sugerencia de un amigo y colega, hoy resumimos la breve opinión del Tribunal de Apelaciones federal para el Primer Circuito en Boston, Massachusetts (“Primer Circuito”) en Torres-Ronda v. Nationwide Mutual Ins. Co., No. 20-1038. La decisión es de 17 de noviembre de 2021, por lo que es suficientemente reciente para el Resumen Supremo.
El caso trata sobre un pleito de clase presentado en contra de varias aseguradoras bajo la ley federal contra el crimen organizado, mejor conocida como la Ley RICO (Racketeer Influenced and Corrupt Organizations Act). No, no es tan jugoso como suena.
Trasfondo del caso: Hay que entenderlo para entender el caso
Los demandantes reclamaron que las aseguradoras incurrieron en un patrón de fraude por correo al no reembolsar ciertas primas pagadas por concepto del seguro compulsorio que requiere la ley de Puerto Rico. La principal defensa de las aseguradoras fue que la ley en Puerto Rico no les exigía reembolsar primas. Eso es straightforward.
Pues pasó que, en el transcurso del pleito federal, un panel del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico decidió que las primas pagadas por concepto de seguro compulsorio no son reembolsables. Un tiempo después, algunos demandados solicitaron al Tribunal Federal para el Distrito de Puerto Rico que desestimara el caso. Argumentaron que bajo la doctrina en Erie R.R. Co. v. Tompkins, 304 U.S. 64 (1938) (“doctrina Erie”, sigue leyendo para el repaso) procedía concluir que no puede haber fraude por no haber reembolsado primas cuando la propia ley prohibía dicho reembolso. Es decir, no puede haber fraude si la ley te exige que lleves a cabo la acción por la cual se te imputa el presunto fraude.
¿Cuál es la controversia entonces? Según la doctrina Erie, los tribunales federales aplican la ley estatal según ha sido aplicada por el máximo foro estatal. En este caso, aplicaron la ley estatal, pero según fue aplicada por un tribunal intermedio: el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. Los demandantes apelaron la decisión de aplicar en los tribunales federales una decisión del Tribunal de Apelaciones.
¿Qué decide el caso? Ni pool, ni banca. Los tribunales federales pueden aplicar la interpretación de un panel del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico bajo la doctrina Erie. Solo se requiere que no haya una expresión del TSPR sobre el mismo asunto y que no exista evidencia convincente de que el TSPR decidiría el asunto de otra forma.
Balance: Como sugiere el amigo y colega que me señaló la opinión, Torres-Ronda parece dar más peso a las opiniones del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. Ahora los y las litigantes ante el Tribunal Federal contarán con más acervo del cual hilvanar argumentos en casos por diversidad de ciudadanía y otros que interpreten asuntos de derecho puertorriqueño. También puede tener el efecto de reducir el número de certificaciones interjurisdiccionales.
Oreja adicional: La opinión concluye enfatizando que los tribunales de distrito cuentan con amplia discreción para administrar sus casos. Los demandantes también apelaron que el Tribunal Federal no decidió una moción de aprobación de transacción previo a desestimar el caso. Tough luck.
Copy/Paste: Si necesitan una nueva cita sobre la discreción de administrar el docket, aquí la tienen:
"District courts have broad discretion in controlling their dockets." Torres-Ronda v. Nationwide Mutual Ins. Co., Nos. 20-1038, 20-1089, slip op. at *9, (1st Cir. Nov. 17, 2021) (citing United States v. Correia, 531 F.2d 1095, 1098 (1st Cir. 1976) ("It is axiomatic that the district court has inherent power to control its own docket to ensure that cases proceed before it in a timely and orderly fashion.").
Eso es todo esta semana. ¡Gracias por leer el Resumen Supremo!
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Espera el próximo Resumen Supremo este martes, 21 de diciembre de 2021.
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Escrito por Aníbal J. Núñez.
Imágenes de Giphy.com.
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